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# ¿Cuántas veces puedo volver a solicitar una visa de EE. UU.?
- URL: https://colombiahub.org/cuantas-veces-puedo-volver-a-solicitar-una-visa-de-ee-uu/
- Published: 2026-07-31T14:57:04.000Z
- Updated: 2026-07-31T15:44:16.000Z
- Description: Conoce qué indica el Department of State sobre la posibilidad de volver a solicitar una visa estadounidense después de una denegación y qué debes tener en cuenta antes de presentar una nueva solicitud.
- Author: Orlando Arango
- Tags: visas-migracion, visas, Migracion Colombia, videos

**Introducción**

Recibir una negativa en una solicitud de visa puede generar muchas dudas. Una de las más frecuentes es si existe un límite de veces para volver a presentar la solicitud. A continuación, compartimos la información oficial publicada por el Department of State.

**Pregunta**

**¿Cuántas veces puedo volver a aplicar?**

**Respuesta**

La legislación de Estados Unidos no establece un número máximo de veces que una persona puede volver a solicitar una visa después de una denegación.

Cada nueva solicitud se considera un proceso independiente. Por ello, el solicitante debe presentar un nuevo formulario DS-160 y pagar nuevamente la tarifa correspondiente, excepto en los casos relacionados con procesos pendientes bajo la sección 221(g).

Cuando la denegación anterior corresponde a la sección 214(b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, el Department of State señala que el solicitante debe demostrar cambios significativos en sus circunstancias con respecto a la solicitud anterior.

**Transcripción del video**

¿Te negaron la visa y ahora te preguntas si puedes volver a solicitarla?

La respuesta es sí.

La legislación de Estados Unidos no establece un número máximo de veces que una persona puede volver a solicitar una visa.

Esto significa que, después de haber sido declarado no elegible, puedes presentar una nueva solicitud cuando lo consideres necesario.

Sin embargo, cada nueva solicitud se considera un proceso completamente independiente.

Deberás diligenciar un nuevo formulario DS-160 y pagar nuevamente la tarifa consular correspondiente, excepto en los casos relacionados con la sección 221(g).

Si la denegación anterior fue bajo la sección 214(b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, el Department of State indica que deberás demostrar cambios significativos en tus circunstancias respecto a la solicitud anterior.

En Colombia Hub compartimos información basada en fuentes oficiales para ayudarte a comprender mejor los procesos de visas y migración.

> **Nota:** Cada trámite cuenta como un proceso completamente nuevo.

**Fuentes oficiales**

**Fuente principal:**

**Department of State**

[https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/visa-information-resources/visa-denials.html](https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/visa-information-resources/visa-denials.html?ref=colombiahub.org)

## **Continúa aprendiendo sobre Visas y Migración**

Si quieres comprender mejor todo el proceso migratorio, te invitamos a consultar nuestra guía principal:

[➡️ **Guía completa sobre Visas y Migración**](https://colombiahub.org/visas-y-migracion-guia-informacion-confiable/)

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